El día 1 de junio de 2013 marcó
un antes y un después en el mercado residencial de segunda mano, al menos en lo
que al consumo energético se refiere. A partir de esta fecha, todos los edificios o viviendas que se vendan o alquilen
deberán poseer una etiqueta que señale su calificación energética.
Esta etiqueta se obtendrá
mediante el Certificado de Eficiencia Energética que se entregará al comprador
o al nuevo arrendatario. El certificado energético forma parte de la
información básica que el vendedor o arrendador debe facilitar al consumidor
-comprador o inquilino- por lo que este documento debe estar disponible antes
de formalizar la operación
.
.
El procedimiento para obtener el Certificado
de Eficiencia Energética está regulado por el REAL DECRETO 235/2013, de 5 de
abril, que traspone algunas directivas europeas y deroga el anterior
procedimiento (RD 47/2007, de 19 de
enero) que no incluía la edificación
existente.
El certificado contendrá la calificación energética del edificio analizado
o parte del mismo, en una escala de la A a la G, semejante a la que ya
conocemos en los electrodomésticos. Para el cálculo de la calificación se
emplearán los programas informáticos reconocidos a tal efecto por el Ministerio
de Industria, denominados CE3 y CE3x.
Como novedad, deberá incluir un anexo con las
recomendaciones para la mejora de los
niveles de eficiencia energética. Estas recomendaciones serán siempre técnicamente
viables, aunque a veces no se pueda conseguir la calificación deseada.
Para conseguir el Certificado de Eficiencia Energética de tú vivienda deberás seguir los siguientes pasos, si tienes dudas contacta con nosotros:
Para conseguir el Certificado de Eficiencia Energética de tú vivienda deberás seguir los siguientes pasos, si tienes dudas contacta con nosotros:

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